Cinco Formas de Detener la Deportación

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) permite a los jueces de inmigración no solicitar la expulsión o la deportación de inmigrantes siempre que se cumplan ciertas condiciones. Los abogados de deportación ofrecen ayuda y experiencia en los procedimientos de deportación al archivar toda la documentación y proporcionar la evidencia necesaria de las calificaciones del solicitante. A continuación se enumeran cinco formas en las que se puede detener la deportación de un inmigrante.


Cancelación de deportación y exención 212 (c)

Los inmigrantes que han cometido delitos menores y pueden demostrar que su buena conducta supera a cualquier delito cometido pueden aplicar para obtener una exención de expulsión o deportación. Para calificar, el solicitante de cancelación de deportación debe ser un residente permanente legal durante 5 años, debe haber vivido en los EE. UU. Durante 7 años consecutivos y no debe haber sido condenado por un delito grave. Una exención 212 (c) puede aplicarse a un inmigrante que tiene una convicción anterior que tuvo lugar antes del 24 de abril de 1996. Para calificar para una exención 212 (c), el solicitante debe ser un residente permanente legal, debe haber vivido en los EE. UU. durante al menos 7 años, y no deben haber cumplido más de 5 años por un delito grave con agravantes. Cuando se busca la cancelación de la eliminación o la renuncia, el solicitante puede mostrar una prueba de buen carácter a través del historial laboral, el período de tiempo en los EE. UU., Los vínculos familiares, el pago de impuestos a la renta, etc.

Cancelación o Eliminación para Residentes no Permanentes

Si el solicitante nunca ha tenido una
tarjeta de residencia, aún puede solicitar la cancelación de la eliminación. Un juez de inmigración puede cancelar el retiro o la deportación del residente no permanente y emitir una tarjeta de residencia. La cancelación de la deportación puede emitirse si el inmigrante puede mostrar: la residencia en los EE. UU. Durante al menos 10 años, el buen carácter moral, los delitos criminales no deportables y la deportación causaría dificultades inusuales a un miembro de la familia estadounidense, generalmente niños.

Asilo Político

Los inmigrantes que han sufrido persecución o tienen miedo a la persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social, pueden solicitar asilo político. Los inmigrantes deben presentar su solicitud dentro del año siguiente a su llegada a los EE. UU. Y pueden incluir a su cónyuge e hijos que no estén casados ​​y sean menores de 21 años.

U-Visa

La visa U se puede otorgar a inmigrantes víctimas de violencia que han sufrido abuso mental y físico y están dispuestos a cooperar con las autoridades en la investigación y enjuiciamiento de actividades delictivas. La visa U detiene la deportación y da como resultado una tarjeta verde en algún momento. El objetivo de la visa U es ayudar a las fuerzas del orden público a investigar y enjuiciar delitos mientras se protege a las víctimas que están dispuestas a ayudar con la investigación y el enjuiciamiento.

Salida Voluntaria

El solicitante puede solicitar la salida voluntaria para evitar la deportación. Esto hace que sea más fácil regresar a los EE. UU. Legalmente en el futuro. El tribunal puede otorgar la salida voluntaria si el solicitante puede demostrar: presencia física en los EE. UU. Durante al menos un año; buen carácter moral durante al menos 5 años; no removible por delito grave o terrorismo; puede pagar su camino de regreso a su país; puede publicar su fianza de salida, y no ha recibido una salida voluntaria después de estar en los EE. UU. sin admisión ni libertad condicional. La mayoría de las condenas penales dificultan la partida voluntaria.

Si usted o un ser querido enfrentan un procedimiento de deportación, nuestros abogados de deportación en Houston están listos para ayudarlo con su caso de deportación. Davis & Associates son abogados de deportación dedicados con muchos años de experiencia y conocimiento con procedimientos de deportación y apelaciones.